**La
medida busca proteger la época de reproducción de las especies comerciales
(Caracas,
30-04-15 / Prensa Insopesca).- A partir
del primero de mayo comienza el período de veda para la pesca continental
en diversas regiones del país, la cual
busca proteger a las especies comerciales en su época de reproducción de
la pesca que se realiza en los diferentes ríos, lagos, lagunas y
embalses.
La veda incluye la pesca
comercial en el Río Orinoco, desde la población de Puerto Ayacucho, en el
estado Amazonas, hasta el sector Las Bonitas, en el estado Bolívar, desde el 01
de mayo hasta el 31 de julio, según la resolución Inapesca N°002, de fecha 11
de junio de 2002, publicada en Gaceta Oficial N° 37.472, de fecha 26 de junio
de 2002. La medida también regula la pesca comercial en el Refugio de Fauna
Silvestre y Zona Protectora de la Tortuga Arrau, ubicado entre el municipio
Cedeño del estado Bolívar y el municipio Pedro Camejo del estado Apure.
También, la pesca comercial en el
Río Caura y sus afluentes, así como en las lagunas marginales adyacentes,
estará prohibida durante el mismo período de tiempo, según expresa la
resolución MAC N°146, de fecha 01 de octubre de 2003, publicada en Gaceta
Oficial N° 37.793, de fecha 09 de octubre de 2003.
Para los Parques Nacionales
Aguaro-guariquito, en el estado Guárico y Santos Luzardo (Cinaruco-Capanaparo),
en el estado Apure; la veda inicia en el mismo período, es decir, desde el 01
de mayo y, en este caso, hasta el 31 de octubre, según la resolución MARNR N°50
del 30 de marzo de 1990 y publicada en Gaceta Oficial N° 34.440 del 30 de marzo
de 1990.
En el embalse Guri del estado
Bolívar, la prohibición de pesca con fines comerciales comenzó el 01 de abril y
se mantiene hasta el 31 de mayo, según lo publicado en la resolución MPC DM/N°
432. MARN DM/N° 72 de fecha 09 de agosto de 2000, publicada en Gaceta Oficial
N° 37.011, de fecha 10 de agosto de 2000.
Entre tanto, la pesca comercial
en los ríos y cuerpos de agua que drenan a la subcuenca del Río Apure se
encuentra en veda, de acuerdo a lo publicado en Gaceta Oficial N° 37.472, de
fecha 26 de junio de 2002 desde el Domingo de Resurrección, hasta el próximo 31
de julio.
Se exhorta a las personas que
tienen como propósito el aprovechamiento comercial de la pesca en estas zonas,
cumplir con lo establecido para proteger a las especies y también evitar las
sanciones correspondientes. (Fin / Prensa Insopesca)
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